El 25/02 se publicaron en el BORA las resoluciones 16/2025 y 17/2025. La res. 16/2025 deroga a la resolución 169/2018 que definía los requerimientos y criterios de certificación del equipamiento eléctrico.
Ahora, estos requerimientos estarán definidos por 3 normas, la resoluciones 236/2024, 16/2025 y 17/2025. A su vez estarán alcanzados por el Marco general de evaluación de la conformidad definido por la Resolución 237/2024.
En GROLL Ingeniería estamos trabajando contra reloj para adaptar los procesos de certificación de nuestros clientes a la nueva normativa.
A continuación detallo los cambios más importantes introducidos por las resoluciones 16 y 17.
ESQUEMAS DE CERTIFICACIÓN: Se permiten todos los esquemas de certificación (1b,2,3,4,5) independientemente del tipo de producto a certificar.
ALCANCE: Se elimina la exigencia de certificación para paneles led de tensión menor a 50V (solo se certifica el driver), tiras led y cercos eléctricos.
Se aumenta el alcance para cargadores de baterías de vehículos eléctricos.
DURACIÓN: La vigencia de los certificados será de 2 años para todos los productos excepto para aparatos de electrónica, audio y video, con duración de 4 años.
DECLARACIÓN JURADA DE CONFORMIDAD: Se reemplaza el Formulario de Comercialización por una “Declaración Jurada de Conformidad”. La misma deberá estar disponible en formato digital y físico cuando se la requiera.
MARCADO DE CONFORMIDAD: Se reemplaza el logo “S” por un código QR que debe apuntar a la declaración de conformidad. La obligatoriedad del código QR es a partir del 01/10/2025
CERTIFICADOS VÁLIDOS: Certificados locales con ensayos locales; Certificados locales a través de convenios de reciprocidad; Certificados locales bajo el esquema CB; Certificados del exterior a nombre de terceros con autorización del dueño del certificado debidamente legalizada; Certificados locales a nombre de terceros con autorización del dueño del certificado debidamente legalizada; Certificados locales con ensayos realizados en el exterior, con autorización del solicitante del informe de ensayo debidamente legalizada.
EXCEPCIONES
REPUESTOS E INSUMOS: Se deberá realizar una Declaración de Conformidad indicando el bien mayor e incorporando el certificado de este.
USO IDÓNEO: Se deberá realizar una Declaración de Conformidad. Opción solo disponible para aparatos de electrónica, audio y video.
FICHAS: Se elimina la exigencia de usar fichas según normas IRAM 2063/2073. Al usar otras fichas, debe colocarse una advertencia en el embalaje primario