Cambios en el regimen de #Repostock para la importación temporaria de mercaderías con perfeccionamiento industrial.
El Decreto 779/2024 amplia el plazo de 180 días a 360 días para poder Importar mercaderías para reponer stock sin pagar aranceles luego de haber realizado una exportación de bienes fabricados con esos insumos.
“ARTÍCULO 29.- La importación de la mercadería destinada a reponer existencias deberá efectuarse dentro del plazo de los TRESCIENTOS SESENTA (360) días contados a partir de la fecha del registro de la solicitud de destinación definitiva de exportación para consumo.
La mercadería importada para reponer existencias podrá quedar en el país o ser nuevamente exportada para consumo luego de haber recibido un perfeccionamiento industrial en los términos del artículo 2º del presente decreto. Solo cuando hubiese sido exportada para consumo dentro del plazo de TRESCIENTOS SESENTA (360) días contados desde la fecha de su libramiento, el usuario directo podrá solicitar nuevamente la reposición de dicha mercadería. Este plazo no admitirá prórroga alguna..."
A través de este decreto se vuelve a habilitar a los ingenieros matriculados para emitir dictámenes técnicos para perfeccionar un CTIT. Volvemos a hacer esta tarea!
GROLL Ingeniería realiza la Gestión de Obtención del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria #CTIT y la gestión de beneficios impositivos para Grandes Proyectos de Inversión #Res256/00. Confeccionamos los Dictámenes técnicos con Ingenieros propios.
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